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miércoles, 16 de marzo de 2011

informe diseño curricular

Vamos a realizar un análisis comparativo entre una Programación didáctica del módulo Higiene del medio hospitalario y limpieza de material con la Orden del 29 de Mayo de 2008.
Esta Programación Didáctica está en LOGSE, por lo que procuraré referenciar las diferencias existentes con la Orden.
La Orden de 29 de Mayo de 2008 recoge a su vez distintas menciones a la LOE que afectan directamente a la Formación Profesional. Pero lo mas destacable es que establece la estructura básica que deben seguir los currículos de los ciclos formativos para el desarrollo de la Formación Profesional y se insiste en una Formación por competencias.

Nuestra Programación Didactica dedica un apartado a desarrollar el marco normativo que se ha contemplado para su formulación y dentro de este marco encontramos referenciada la Orden de 29 de mayo de 2008, de la Consejera de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establece la estructura básica de lo currículos de los ciclos formativos de formación profesional y su aplicación en la Comunidad Autónoma de Aragón. Asi como otros Reales Decretos que implican el estudio de este ciclo y módulo profesional.
Un apartado muy imporatante que desarrolla la Orden del 29 de Mayo es la estructura básica del curriculo, esencial para crear las Programaciones Didácticas prácticas, válidas y ajustadas al marco normativo.
En la Programación didáctica se describen los objetivos de la Formación Profesional. En la presente ley LOE los objetivos se ajustan en dependencia de las competencias para asegurar su adquisición.
Los ciclos formativos de grado superior capacitan en competencias profesionales orientadas
al ejercicio de actividades relacionadas con trabajos técnicos que pueden ser ejecutados
de forma autónoma y compartiendo responsabilidades de organización de personal y de
coordinación.

En mi opinión , esta programación esta bien ajustada a las necesidades actuales de educación y formación, lo único que mantiene los términos, estructura y conceptos de la LOGSE. Aunque, en su contenido hace referencias a la presente ley para obtener una Programación práctica y adaptada para el óptimo desarrollo de la actividad docente.
Por ejemplo, en esta programación didáctica se utiliza el término capacidades, sin embargo esta acepción ha evolucionado con la LOE al término de competencias que el alumno debe alcanzar en el desarrollo del módulo profesional y que están íntimamente ligadas con el ejercicio profesional y la demanda empresarial.
Las capacidades terminales se desglosan en la Programación Didáctica y se asocian, a su vez, a una unidad de competencia propia del módulo profesional.

Según el RD 546/1995 mencionado en esta Programación, los objetivos del módulo están definidos en términos de capacidades terminales. La LOE y el currículo aragonés define estos objetivos definidos en los criterios de evaluación, por lo que nos encontramos con una modificación significativa de términos más precisos.
El Currículo menciona la adquisición de las competencias profesionales, personales y sociales dentro del articulo 6: elementos del curriculo que supone una innovación en la educación y la formación profesional, pues no solo defiende el ámbito profesional, sino que contempla también el ámbito personal y social para la formación de ciudadanos activos en la sociedad y todo esto completa mucho más el curriculo de la FP.
Este apartado es esencial en las Programaciones Didácticas porque sus componentes se ajustan a la adquisición de estas competencias recogidas en el curriculo y están diseñadas para la realización personal del alumnado. Suponen una buena herramienta para crear Programaciones Didácticas adaptadas a las necesidades e intereses del alumno y fomentar su autonomía y desarrollo profesional y personal.

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